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- Queda prohibida la celebración de reuniones, actos públicos de campaña, propaganda y proselitismo, o su difusión en medios de comunicación
- No se podrá contratar propaganda política o electoral, así como adquirir tiempos en cualquier modalidad de radio y televisión
- Se debe suspender la propaganda gubernamental, informes anuales de labores o de gestión, además de resultados de encuestas o sondeos de opinión
En boletín emitido por el IFE, se informa lo siguiente:
En aras de preservar la equidad de la contienda electoral del 5 de julio próximo, a partir de hoy, 2 de julio, queda prohibida la celebración de actos proselitistas y la difusión de propaganda electoral por parte de los partidos políticos y sus candidatos.
Lo anterior, con base en el artículo 237 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) y con el fin de que la ciudadanía cuente con un periodo mínimo para reflexionar o madurar el sentido de su voto, ante las ofertas políticas que partidos y candidatos expresaron a partir del 3 de mayo del año en curso, día en que dieron inicio las campañas políticas.
El llamado periodo de reflexión busca también propiciar condiciones óptimas para el desarrollo de la jornada electoral y evitar actos que pudieran influir indebidamente en el ejercicio del sufragio de los electores, así como afectar la equidad de la contienda.
El 22 de junio pasado, el Consejo General del IFE emitió el acuerdo CG310/2009, en el cual se estableció la prohibición de las siguientes acciones:
-
Llevar a cabo y difundir reuniones o actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo electoral, por cualquier medio, ya sea impreso o electrónico, incluida la radio y televisión.
-
Contratar cualquier tipo de propaganda, política o electoral y adquirir tiempos, en cualquier modalidad, de radio y televisión.
-
Difundir en los medios de comunicación social de toda propaganda gubernamental, de los tres niveles de Gobierno.
-
Efectuar y difundir los informes anuales de labores o gestión de los servidores públicos de cualquier nivel de gobierno.
-
Así como publicar y difundir por cualquier medio, ya sea impreso, electrónico, radio o televisión, resultados de encuestas o sondeos de opinión que tengan por objeto dar a conocer las preferencias electorales de los ciudadanos.
Si bien el Cofipe y el acuerdo del Consejo General no prohíben a los medios de comunicación llevar a cabo su labor informativa en temas como las entrevistas a los dirigentes partidistas o a los candidatos, es necesario precisar que las declaraciones de éstos pudieran incidir en la contienda electoral y motivarían el inicio de un procedimiento en su contra, por la presunta realización de actos proselitistas en un periodo prohibido por la ley.
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